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Suspensión cautelar del concurso de agencias de viajes de la Administración del Estado

El procedimiento, valorado en 604,8 millones de euros, queda paralizado mientras el Tribunal resuelve los recursos presentados contra los pliegos de la licitación. GEBTA solicita su anulación por considerar que contienen irregularidades de carácter económico, técnico y normativo.


El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha acordado suspender cautelarmente el procedimiento de contratación de los servicios de agencia de viajes de la Administración General del Estado (AGE), tras los recursos presentados por GEBTA y otras organizaciones del sector contra los pliegos de la licitación.

La decisión paraliza por el momento la tramitación del nuevo contrato mientras el organismo administrativo analiza el fondo de las impugnaciones. La suspensión, por tanto, no supone la anulación de la licitación, cuestión sobre la que el TACRC deberá pronunciarse posteriormente.

El concurso, promovido por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, cuenta con un valor estimado de 604,8 millones de euros, está dividido en cinco lotes y establece inicialmente una duración de 18 meses. El contrato engloba los servicios de agencia de viajes para diferentes ministerios y organismos de la Administración General del Estado.

Los contratos actuales continúan

La medida mantiene, en la práctica, la continuidad del sistema actualmente vigente mientras se resuelve el procedimiento.

El anterior contrato centralizado entró en vigor en abril de 2022 y, después de las prórrogas previstas, Hacienda acordó una prórroga extraordinaria desde el 22 de abril de 2026 hasta la entrada en vigor del nuevo contrato, con un límite máximo de nueve meses de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público.

Los cinco lotes del contrato vigente están gestionados por diferentes agencias y UTE, entre ellas IAG7, Nautalia, Viajes El Corte Inglés y Sekai Corporate Travel.

GEBTA presentó su recurso el pasado 2 de septiembre, solicitando tanto la suspensión del procedimiento como la anulación de los pliegos. La asociación estructura sus alegaciones en tres grandes ámbitos: económico, técnico y de cumplimiento de otras normativas sectoriales.

En el apartado económico, GEBTA cuestiona, entre otros aspectos, la justificación de la estructura de costes, los descuentos establecidos sobre la facturación de los servicios aéreos y determinadas mejoras vinculadas al seguro de viaje. La asociación considera que algunas de estas condiciones podrían llevar a las agencias a presentar ofertas que no cubran adecuadamente los costes o reduzcan de forma excesiva el margen comercial.

Los propios criterios publicados para la adjudicación contemplan, entre otros elementos, los cargos de gestión, con una ponderación del 40%; los descuentos sobre la facturación de servicios aéreos, con un 20%; y diferentes mejoras relacionadas con la cobertura de los seguros de viaje.

En el ámbito operativo, el recurso sostiene que determinadas prestaciones incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas son difíciles o imposibles de garantizar por una agencia al depender de terceros del sector del transporte, y cuestiona las penalizaciones asociadas a su posible incumplimiento.

Finalmente, GEBTA plantea objeciones sobre algunas cláusulas por su posible incidencia en ámbitos como la protección de datos, la regulación del mercado asegurador o la normativa de IATA. Se trata, en todos estos casos, de argumentos formulados por la asociación que deberán ser valorados por el TACRC al resolver el recurso.

GEBTA considera que sus alegaciones deberían conducir a la anulación del procedimiento y a la redacción de nuevos pliegos. Sin embargo, por el momento la única decisión adoptada es la suspensión cautelar de la contratación a la espera de que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales se pronuncie sobre el fondo.