Aspectos claves de los desplazamientos de empleados a LATAM

Según el World Investment Report 2018*, este año los flujos de Inversión Extranjera Directa en Latino América constituyeron el primer aumento en seis años, mostrando un cambio hacia la inversión en infraestructura (servicios públicos y energía, en particular), finanzas, servicios empresariales, TIC y manufactura. Esta situación ha traído consigo que las empresas se vean en la necesidad de desplazar trabajadores para realizar diferentes tipos de tareas a corto o medio plazo en el país destino de la inversión.

Aspectos claves de los desplazamientos de empleados a LATAM

Para analizar los aspectos clave a tener en cuenta para organizar correctamente el desplazamiento de los empleados a proyectos en Latinoamérica, hay que analizar país por país la legislación local en temas migratorios, laborales y fiscales, así como también los diferentes convenios existentes entre España y los países de destino.

Los convenios

Es muy importante destacar los países de destino que cuentan con un Convenio de Exención de VISA para actividades como turismo, negocios, conferencias, congresos, actividades culturales y otras actividades no remuneradas.

Convenio de exención de Visas

España dispone de Convenio de Exención de Visas con todos los países de Latinoamérica excepto Cuba y Puerto Rico (ESTA), para los que hay que solicitar un visado y, aunque los convenios contemplan una exención de visado por 90 días, es necesario tener en cuenta el entorno cambiante de las regulaciones de inmigración y seguridad, antes de establecer el plan de viaje.

En cuanto a los desplazamientos de trabajo, es necesario estudiar el país de destino y revisar los requisitos para valorar cual sería la visa de trabajo adecuada dependiendo de las funciones a realizar por cada trabajador así como la duración del desplazamiento.

Convenios Bilaterales y multilaterales

Desde el punto de vista laboral, es muy importante tener en cuenta los Convenios Bilaterales de la Seguridad Social. España tiene suscritos convenios bilaterales con Argentina (2004), Brasil (1995), Chile (1998), Colombia (2008), República Dominicana (2006), Ecuador (2011), Puerto Rico (1988), México (1995), Paraguay (1998), Perú (2005), Uruguay (2000) y Venezuela (1990).

Existe también el Convenio Multilateral Iberoamericano con Bolivia, Chile, El Salvador y Uruguay que entró en vigor en mayo del 2011. Los únicos países con los que actualmente España no dispone de convenios bilaterales ni multilaterales de la seguridad social son Guatemala, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.

Estos convenios facilitan que durante el tiempo que dura el desplazamiento, la empresa y el trabajador puedan establecer cuál será el modelo de cotización y, cuando sea necesario, determinar cómo se va a desarrollar el disfrute de protección del sistema.

Posterior al desarrollo del trabajo por el cual fue desplazado, el convenio regula cómo tener en cuenta las cotizaciones realizadas en ambos países firmantes cuando se desea acceder a los derechos a las prestaciones en uno de ellos, especialmente a la pensión de jubilación.

Convenios de Asistencia Sanitaria

Chile es el único país latinoamericano que desde 1998 tiene un Convenio de Asistencia Sanitaria que cubre a los trabajadores desplazados de empresas españolas.

Convenios de Doble Imposición Fiscal

Respecto a los Convenios de Doble Imposición Fiscal, España tiene suscritos convenios con Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Jamaica, México, Panamá, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Éstos tienen como objeto final que la situación fiscal de los contribuyentes que ejercen actividades económicas en otros países sea clarificada, unificada y garantizada.

Otro aspecto a tener en cuenta al plantear los proyectos de expatriación de trabajadores españoles a filiales en los países de destino, son las normativas respecto al número mínimo de empleados nacionales para permitir la contratación de extranjeros en determinadas posiciones.

Alianzas territoriales

Los actuales proyectos de internacionalización implican desplazamientos de trabajadores a los países de destino de los proyectos con clientes, también a los países de destino donde la empresa pueda tener filiales así como también que trabajadores de las filiales latinoamericanas se puedan desplazar entre las diferentes filiales y a España.

Para analizar estos desplazamientos es muy importante tener en cuenta las diferentes alianzas territoriales que en la mayoría de casos facilitan los desplazamientos de trabajadores de sus respectivas nacionalidades. Entre otras mencionar, la Alianza del Pacífico, conformada por Chile, Colombia, México y Perú; el Mercosur, que agrupa a Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Venezuela y Bolivia (en proceso de adhesión); el Sistema para la Integración Centroamericana SICA (Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá y República Dominicana).

Cabe mencionar que los nacionales de algunos países latinoamericanos deben tramitar un visado para poder entrar en España, como es el caso de los ciudadanos de Bolivia, Cuba, Ecuador, Guyana, Haití, Jamaica, República Dominicana y Surinam.

Es muy importante tener en cuenta las diferentes alianzas territoriales que en la mayoría de casos facilitan los desplazamientos de trabajadores de sus respectivas nacionalidades.

Duty of Care

Respecto al deber de protección «Duty of Care«, las empresas tienen el deber de proteger a sus trabajadores desplazados de manera integral. Las empresas deben cumplir con la normativa de riesgos laborales. También es esencial analizar los niveles de riesgo que implican estos desplazamientos, no solo a nivel de país, sino de región y zona de trabajo efectiva de los trabajadores para tomar las medidas necesarias de información, formación y asistencia del trabajador durante todas las fases del desplazamiento. Los riesgos pueden ser laborales, sanitarios, de contaminación ambiental, geopolíticos, etc. Fomentar la cultura de la seguridad es imprescindible.

*Informe publicado por United Nations Conference on Trade and Development (UNCTAD).

Por: Montserrat Feliu Costa
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