El Parlamento Europeo retrasa la implantación de la CSRD y la CSDD
El Parlamento Europeo aprobó el 3 de abril de 2025 el retraso en la aplicación de las nuevas normativas sobre debida diligencia (CSDD) y requisitos de informes de sostenibilidad (CSRD).
En una votación celebrada el jueves, los eurodiputados decidieron posponer las fechas de aplicación de las nuevas leyes de debida diligencia (CSDD) y los requisitos de informes de sostenibilidad (CSRD).
Con 531 votos a favor, 69 en contra y 17 abstenciones, el Parlamento respaldó la propuesta de la Comisión Europea, como parte de un esfuerzo más amplio por “simplificar la legislación de la UE y fortalecer la competitividad del bloque.”
Plazos extendidos para las grandes empresas
Las nuevas reglas de los informes de debida diligencia (CSDD) exigen que las empresas mitiguen su impacto negativo en las personas y el planeta. El retraso en la aplicación de las reglas proporciona a los Estados miembros un año adicional para transponer estas normas a sus legislaciones nacionales, hasta el 26 de julio de 2027.
Este retraso también afecta a la primera oleada de empresas que deberán cumplir con las nuevas reglas. Las empresas de la UE con más de 5.000 empleados y una facturación superior a 1.500 millones de euros, así como las empresas no comunitarias con una facturación similar en la UE, tendrán tiempo hasta 2028 para cumplir con las normas de debida diligencia.
También será 2028 la fecha de aplicación de la normativa CSDD para segunda oleada de empresas (aquellas de la UE con más de 3.000 empleados y una facturación superior a 900 millones de euros, así como las empresas no comunitarias con facturación superior a ese umbral en la UE).
Informes de sostenibilidad retrasados
En cuanto a los informes de sostenibilidad (CSRD) se ha establecido un retraso de dos años para las empresas de la segunda y tercera oleada que estén afectadas por la legislación. Esto es, las grandes empresas con más de 250 empleados deberán comenzar a informar sobre sus medidas sociales y medioambientales en 2028, correspondiente al ejercicio fiscal anterior. Por otro lado, las PYMES cotizadas tendrán que presentar esta información en 2029.
Próximos pasos
Estas medidas parten del paquete de simplificación Omnibus I, presentado por la Comisión Europea el 26 de febrero de 2025, y que ahora ha aprobado el Parlamento europeo.
El paquete incluye otra directiva que cambia el contenido y el alcance de los requisitos de sostenibilidad, cuyos trabajos ahora comenzarán en el Comité de Asuntos Jurídicos del Parlamento.
Para acelerar la adopción de estas medidas, el Parlamento aprobó el procedimiento urgente, lo que implica que el proyecto de ley aún debe ser aprobado formalmente por el Consejo de la UE, que ya respaldó el mismo texto el 26 de marzo de 2025.